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EL PACTO TRIPARTITO Septiembre 27 de 1940 Los Gobiernos de Alemania, Italia y Japon, considerando como un precedente de cualquier estado de paz que todas las naciones del mundo tienen su propio lugar, han decidido para mantener el stato quo y la cooperacion entre ellos, mantener sus esfuerzos en la gran Asia del Este y las regiones de Europa respectivamente, donde tienen sus primeros intereses para establecer y mantener un nuevo orden de cosas calculado para promover la mutua prosperidad y bienestar en cuanto a sus pueblos concierne. Ademas, es el deseo de los tres gobiernos extender la cooperacion a aquellas naciones de otras partes del mundo que se inclinen en poner sus esfuerzos en la consecucion de los mismos fines, en orden a que sus aspiraciones para la paz del mundo sean realizadas. De acuerdo con lo anterior, los gobiernos de Alemania, Italia y Japon han acordado lo siguiente: ARTICULO PRIMERO: Japon reconoce y respeta el liderazgo de Alemania e Italia para establecer un nuevo orden en Europa. ARTICULO SEGUNDO: Alemania e Italia reconocen y respetan el liderazgo de Japon para establecer un nuevo orden en la gran Asia del Este. ARTICULO TERCERO: Alemania, Italia y Japon acuerdan cooperar en sus esfuerzos de acuerdo a las lineas de accion. Ellos se asistiran el uno al otro por todos los medios politicos, economicos y militares cuando uno de los tres contratantes sea atacado por un poder que al presente no este envuelto en la guerra Europea o en el conflicto Chino-Japones. ARTICULO CUARTO: Con la mira de implementar el presente pacto, las comisiones tecnicas se reuniran, con miembros designados por los gobiernos de Alemania, Italia y Japon, a la mayor brevedad. ARTICULO QUINTO: Alemania, Italia y Japon afirman que los terminos pactados no afectan el status politico que existe en el presente entre los tres contratantes y la Union Sovietica. ARTICULO SEXTO: El presente pacto entra en efecto inmediatamente sea firmado y permanecera vigente por diez años desde la fecha que entre en efecto. A su debido tiempo antes de su expiracion, las partes contratantes a pedido de cualquiera de ellas entraran en negociaciones para su renovacion. Los abajo firmantes han sido autorizados por sus gobiernos para hacer efectivo este pacto con sus firmas. Hecho en triplicado en Berlin, el 27 de Septiembre de 1940, en el año 19 de la era facista, correspondiente al dia 27 del noveno mes del año 15 de Showa ( reinado del Emperador Hirohito). |